9 de junio de 2008

Convergencia digital y protección a la Propiedad Intelectual

Por Juan Cristóbal Guzmán*


Está en el Congreso un proyecto de Ley para mejorar la regulación sobre Propiedad Intelectual (PI). Expertos han manifestado que el aumento de las sanciones civiles y penales no tendría mayor efecto en los infractores de los derechos de sus propietarios. Según los datos proporcionados durante el 2.007 por la Internacional Federation of the Phonographic Industry, el 35% de las personas que intercambian archivos ilegalmente han recortado su actividad o la han abandonado totalmente, como consecuencia de acciones legales y sanciones en su contra.
Hay importantes avances y también vacíos legales pendientes en el proyecto.
El mayor avance radica en el incremento sustantivo de las penas. La revolución digital y la piratería han sido las causantes del desastroso resultado obtenido por las compañías de esta dinámica industria. Es destacable también la distinción entre la persona que comercializa copias ilícitas de aquel que, con ánimo de lucro, fabrique, importe o distribuye las mismas.
Es vaga y poco exhaustiva la reforma en cuanto a las normas que regulan las entidades llamadas de “gestión colectiva”, como la Sociedad Chilena del Derecho de Autor. Se omite “la gestión de tipo tecnológico”, vale decir tecnología disponible y en uso, cuyo propósito es controlar y medir el acceso y uso de la PI. En la mayoría de los países existe la gestión de derechos digitales, o DRM, que son un conjunto de tecnologías orientadas a ejercer restricciones y mediciones sobre los usuarios de un sistema digital, desde la música hasta las películas, juegos y televisión.
Poco satisfactoria es la forma en que se aborda la responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet. Ellos son los minoristas y distribuidores del mercado digital y por ello obtienen ingresos; pero no asumen su responsabilidad de proteger estos derechos. En el mundo tradicional ninguna tienda de música o de libros que se precie albergaría productos piratas en sus estanterías, ni permitiría que la piratería estuviera en una esquina de su local o almacén.
Esta ley es un buen avance, pero la normativa deberá ser dinámica y compatible con las nuevas tecnologías, que seguirán convergiendo, lo que se hará mas patente con cuando Chile tenga regulada la TV digital.

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*Juan Cristóbal Guzmán es abogado de Albagly & Zaliasnik